La Corte Suprema descubrió en 2025 que despedir a alguien semanas antes de pensionarlo es, sorpresivamente, una canallada.
Tengo una noticia que los dejará pasmados: la Corte Suprema de Justicia acaba de darse cuenta de que botar a un trabajador cuando está a meses de pensionarse es algo malo. Ya sé, ya sé, es impactante que en pleno 2025 se haya necesitado una sentencia judicial para comprender que despedir a quien lleva décadas cotizando justo antes de que pueda cobrar su pensión es, digamos, moralmente cuestionable. Pero aquí estamos, celebrando que el derecho laboral colombiano finalmente alcanzó el nivel ético de un niño de cinco años.
La sentencia SL2600-2025 (conocida en enero de 2026) marca un antes y un después. Antes, las empresas podían despedir tranquilamente a trabajadores que ya habían cumplido con las semanas de cotización pero aún no llegaban a la edad requerida. El razonamiento empresarial era digno de un Nobel de Cinismo: La edad se puede cumplir sin trabajar. Claro, porque todos sabemos lo fácil que es para una persona de 62 años conseguir empleo en Colombia. Las ofertas laborales para adultos mayores abundan tanto como la honestidad en un debate político.
El vacío legal que nadie quería llenar
Hasta ahora, el fuero de estabilidad laboral reforzada para prepensionados solo protegía a quien estaba a menos de tres años de pensionarse y todavía no había completado las semanas de cotización. La lógica era que el fuero existía para proteger la posibilidad de seguir cotizando. Pero si ya tenías las semanas y solo te faltaba cumplir la edad, pues mala suerte, camarada. Que sigas cotizando o no, era irrelevante, lo importante era que técnicamente podrías llegar a la edad pensional comiendo aire y mendigando.
Este vacío legal fue explotado con la eficiencia de un algoritmo optimizando ganancias. Los departamentos de recursos humanos tenían la fórmula perfecta: Esperar a que el trabajador cumpliera las semanas, verificar que aún faltaran años para la edad, y ¡zas! Despido sin mayores complicaciones. Indemnización pagada, manos lavadas, conciencia tranquila (si es que alguna vez la tuvieron).
Porque claro, el problema de estas personas no era que se quedaran sin ingresos, sin seguridad social, sin posibilidad de sostener a sus familias en la recta final de su vida laboral. No, no. El problema hubiera sido que no completaran sus semanitas de cotización. Eso sí que habría sido una tragedia.
Qué cambia con la sentencia (para quienes respetan las leyes)
La Corte Suprema decidió que ya es suficiente. Con la sentencia SL2600-2025, el fuero de estabilidad laboral reforzada ahora también protege a quienes ya cumplieron con las semanas de cotización pero están a menos de tres años de alcanzar la edad de pensión. Simple, ¿no? Uno pensaría que algo así debió existir desde siempre, pero bueno, el derecho colombiano se mueve con la velocidad de un trámite en una notaría de pueblo.
La Corte argumentó que despedir a alguien en esa etapa lo coloca en un estado de vulnerabilidad extrema. Y miren qué sorpresa, las personas mayores de 60 años tienen dificultades para conseguir empleo, eso lo sabemos todos, menos las empresas que llevaban décadas aplicando esta práctica con la naturalidad de quien se toma un tinto.
Ahora, si usted ya tiene las semanas cotizadas y le faltan menos de tres años para la edad, su empleador no puede simplemente despedirlo y pagarle una indemnización. Necesita una justa causa y debe demostrarla. Qué concepto tan novedoso, tener que justificar por qué despides a alguien que lleva décadas trabajando para ti.

Responsabilidad social empresarial
Lo fascinante de todo esto es la coexistencia armoniosa entre los discursos de responsabilidad social empresarial y la práctica sistemática de deshacerse de trabajadores justo antes de que cumplan los requisitos para pensionarse. Las mismas empresas que publican informes de sostenibilidad con portadas verdes y fotos de gente sonriente tenían departamentos enteros calculando el momento exacto para minimizar costos laborales.
Valoramos a nuestro talento humano decían en las presentaciones corporativas. Y sí, lo valoraban, valoraban exactamente cuánto podían ahorrar si lo despedían tres meses antes de que tuviera derecho a pensión. Es valoración, solo que en pesos y centavos.
El argumento favorito era que la edad se puede cumplir sin trabajar aqui, técnicamente cierto. También es técnicamente cierto que uno puede sobrevivir comiendo solo arroz, pero no por eso es deseable ni digno. La edad se cumple respirando, el problema es cómo se respira sin un salario o con la angustia de no poder pagar el arriendo.
Información útil (si su jefe lee sentencias)
Si usted está en esta situación, aquí va lo que necesita saber:
Está protegido si:
• Ya cumplió con las semanas de cotización requeridas para pensionarse
• Le faltan menos de tres años para cumplir la edad de pensión
• Trabaja en el sector público o privado (el fuero aplica para ambos)
Qué significa la protección:
• Su empleador no puede despedirlo sin justa causa demostrada
• Si lo despiden violando este fuero, tiene derecho al reintegro
• Debe recibir los salarios dejados de percibir desde el despido hasta el reintegro
• La empresa debe asumir los costos del proceso legal
Ahora bien, todo esto aplica en un mundo ideal donde los empleadores respetan las sentencias judiciales. En el mundo real colombiano, es posible que su jefe lea esta columna, se ría, y siga haciendo exactamente lo mismo hasta que lo demanden. Porque una cosa es que exista la ley y otra muy distinta es que se cumpla. Pero al menos ahora, si lo despiden indebidamente, tiene argumentos jurídicos sólidos para demandar. Pequeñas victorias.
El elefante en la sala de juntas
Por supuesto, queda la pregunta incómoda que nadie quiere hacer en voz alta: ¿por qué diablos necesitamos una sentencia de la Corte Suprema para establecer algo tan básico como que no puedes botar a un trabajador a punto de pensionarse solo porque te conviene económicamente?
La respuesta es simple y deprimente: porque el sistema está diseñado para proteger el capital, no el trabajo. Las empresas tienen ejércitos de abogados buscando resquicios legales para maximizar ganancias. Los trabajadores tienen, si acaso, un sindicato debilitado y el sueño de algún día poder retirarse sin morir de hambre.
Y mientras tanto, vamos celebrando como victorias históricas cosas que deberían ser el mínimo civilizatorio. ¡Noticia de última hora! ¡Ya no pueden despedir a los viejitos sin razón! Bravo. Qué logro. Próximamente: Corte Suprema determina que pagar salarios es obligatorio y el fallo histórico establece que los empleados también son personas.
Esta sentencia es importante. Es necesaria. Es un avance. Pero también es un recordatorio de lo lejos que estamos de tener un sistema que valore genuinamente el trabajo y la dignidad de quienes sostienen la economía con su esfuerzo diario. Un sistema donde no necesitemos que la Corte Suprema nos explique que tratar a la gente como cifras descartables está mal.
Pero bueno, hay que conformarse con las pequeñas victorias. Ahora, si tiene más de 60 años, ya cotizó sus semanas, y su jefe empieza a mirarlo raro, recuerde: tiene derechos. Y si no los respetan, tiene argumentos legales. Y si eso tampoco funciona, siempre puede escribir una columna sarcástica al respecto. No paga las cuentas, pero al menos desahoga.
